DIGNIDAD DEL TRABAJADOR/A ACOSADO/A. BIENES JURÍDICOS VIOLENTADOS.  DEFENSA DE SUS DERECHOS. PREVENCIÓN (I).

“El mundo no está amenazado por las malas personas, sino por aquéllas que permiten la maldad”, Albert    Einstein. “Nunca hagamos responsable de una injusticia a su ejecutor cuando actúa por orden o influencia de otros, sino a quienes tienen autoridad sobre él”, Fábula de Esopo.

 

La dignidad de la persona es la base y fundamento de todos los derechos y libertades fundamentales. Aunque no es propiamente un derecho fundamental, según el art. 10 de la Constitución, es nada más y nada menos que fundamento del orden constitucional, valga la redundancia.

El motor del “mobbing” perverso, atendiendo a la evolución humana desde lo estrictamente animal, es una ambición narcisista de poder, como proyecto vital unidimensional, que ataca oportunista e insidiosamente a todo aquél que se perciba como una amenaza para tan sagrado proyecto (Fco. Fuertes).

El “acoso moral” se vincula a deficiencias de organización del trabajo en un elevadísimo porcentaje de casos. Una organización democrática, libre, no viciada por el aislamiento, la cohesión irresponsable y la improductividad, no permite la persecución de quien merece ser considerado como un miembro valorado e importante (J. L. González de Rivera). Es una forma característica de estrés laboral: “Síndrome de estrés laboral ambiental u organizacional”. Una conducta empresarial vejatoria, en definitiva.

El “síndrome de acoso institucional o grupal”, se debe a la creación de una relación interpersonal degenerativa con los propios compañeros o, sobre todo, con el jefe. Existe un plan predeterminado para conseguir el acorralamiento y estigmatización del trabajador víctima (Vid. M.A.Del Hoyo.Estrés Laboral. Madrid.INSHT. 1997). Esta lacra, auténtica epidemia social y gravísimo problema de salud pública, es tanto más reprobable y rechazable en cuanto se provoca con más frecuencia  a trabajadores de los servicios públicos de especial relevancia social, como la educación (escuelas, colegios, universidades) o la salud (hospitales y centros de salud).

Hay muchas definiciones jurídicas de mobbing; una de ellas: “Encadenamiento, a lo largo de un período de tiempo no excesivamente largo, de intentos o acciones hostiles consumados, expresados o manifestados por una o varias personas hacia una tercera” (Ilmo. Sr. Don A. Santisteban).

La coherencia, la defensa de la verdad, libertad y dignidad de la “persona acosada” son esenciales para hacer frente a la indignidad de la envidia, mentiras, calumnias, injurias, difamación, provocación emocional y maldad. Son, éstas últimas, características típicas del mediocre inoperante activo, acosador, hostigador, maltratador, agresor y violento. Con su manipulación perversa de la verdad, sus mentiras, sus malos tratos y sus sibilinas estrategias de acoso, confunde su responsabilidad y puesto de trabajo, directivo o no, con la delincuencia racional, el psicoterrorismo laboral, la violencia, y el asesinato social porque su objetivo es el exterminio laboral de la víctima. Suele contar con el beneplácito, colaboración y apoyo de la empresa, institución, administración, mandos directivos e incluso con los compañeros trabajadores, “testigos mudos”; estos últimos con un gran miedo a sufrir sus maléficas estrategias, perder su posición en la empresa o su propio trabajo. Lo más lamentable y grave, dada la escasa seguridad jurídica y casi nula tipificación penal, goza de una injusta impunidad.

En relación con la defensa de la verdad cabe afirmar: “Se puede amar a los amigos y a la verdad, pero lo más honesto es dar preferencia a la verdad”, Metafísica de Aristóteles. “Decir la verdad tiene un coste si la verdad es incómoda para el poder y la superioridad”, C. García Abadillo. “Deben de encontrarlo difícil…aquéllos que han tomado la autoridad como la verdad en vez de la verdad como autoridad”, Gerald Massey.

La envidia y el resentimiento del acosador, son dos auténticas bombas de relojería psicopatológicas. La virulencia de ambos reside en el hecho de que surgen de una contradicción: la presencia, al mismo tiempo, del amor y el odio. El envidioso al no poder alcanzar lo envidiado, es decir, lo amado, necesita negar sus expectativas, odiando al objeto a fin de destruirlo. M. Klein consideró la envidia como fuente básica de la agresividad; el displacer de la envidia es el del displacer narcisista, del sentimiento de inferioridad, lo que posee el otro es lo que le convierte en superior. El envidioso sufre, padece la envidia, percibe una amenaza por parte del otro y quiere quitárselo de encima alimentando su identidad mediante la comparación de su valía; en definitiva, intenta la  desvalorización, destrucción o eliminación de la persona envidiada.

Crítica y desacuerdo hacia las demás peculiaridades de quienes hostigan,  maltratan… La responsabilidad legal de los “jefes tóxicos y/o acosadores” está tipificada en los art. 205 y 208 del Código Penal. Incurren, respectivamente, en un delito de calumnias sin publicidad y subsidiariamente en un delito de injurias. Matizo y coincido con M. Molina, “la difamación es consustancial al mobbing”: son multitud de calumnias difundidas en el tiempo, desde el lugar de trabajo; campañas de desprestigio plagadas de falacias malintencionadas. Obedecen, en su mayoría, a la inseguridad patológica y/o envidia del acosador/es.

“Repite una mentira el suficiente número de veces y acabará por convertirse en verdad”, afirmaba Goebbels. Es preferible la frase de Paco Umbral: “La mentira es una verdad que se engrasa de conscientes verdades. No nos dejemos engañar y maltratemos las exquisitas mentiras con elegantes latigazos de verdades”. Por desgracia, es incierta la reflexión del Dalai Lama a propósito de los graves acontecimientos del Tibet: “En el siglo XXI las mentiras no pueden funcionar”. ¡Vaya si siguen funcionando!. Pregúntenselo a los trabajadores acosados.

La denominación “delincuente racional” es acertada. Las acciones de una mala persona siguen un modelo de racionalidad perversa. De acuerdo con Eva Ventín, “El acosador es un delincuente racional que escoge a su víctima, valora el riesgo y sus beneficios. Unos beneficios altos (un ascenso, mantener  su status de poder…) y unos costes bajos o nulos porque sabe que actúa amparado por la permisividad explícita o implícita del entorno laboral. Tanto dentro como fuera del centro de trabajo”.

La denominación de “asesino social” no es personal, injusta, gratuita o falsa; se ajusta a la verdad. La avalan filósofos de distintas épocas que han considerado la difamación como un auténtico asesinato social. Dice Plauto “Los que propagan la calumnia y los que la escuchan, todos ellos deberían ser colgados: los propagadores por la lengua y los oyentes por las orejas”.

Desde el punto de vista psicológico, los odios procedentes de los acosadores siempre son proyecciones: “a mí me gustaría ser como tú, pero como no puedo te mato”. No sólo “laboral y socialmente”, lo consiguen también “físicamente”. Estudios de Leymann, hace años, señalaban un porcentaje de alrededor de un 15% de suicidios, como resultado final del mobbing. Actualmente se reconocen cifras entre el 20-25%.

A pesar de lo escrito en párrafos anteriores, el trabajador acosado debe ser optimista. Eliminar de su mente tanto la maldad como el odio y el rencor. “No te dejes vencer por el mal; antes bien, vence al mal con el bien” afirmaba San Pablo, Carta a los romanos, 12, 21. “El hombre no puede perder nunca la esperanza en la victoria del bien sobre el mal”, Tolo Payeras. “¿Quieres ser feliz un instante?: véngate. ¿Quieres ser feliz toda la vida?: perdona”, Henry Lacordaire.

Joaquín Domínguez. Médico de Andratx, vocal de salud y coordinador de la red  de tutores de ANAMIB.